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¿Qué puedo hacer si me cancelaron el RESICO por no presentar declaración? Ayuda

En las últimas semanas, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha enviado notificaciones a numerosos contribuyentes en México a través del buzón tributario, informando la cancelación de su inscripción en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Esta medida, fundamentada en el artículo 113-I de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), impone consecuencias fiscales significativas y además severas. Toma como base el incumplimiento de no haber presentado la declaración anual correspondiente al ejercicio 2022.


Como consecuencia, esta resolución, obliga a los contribuyentes afectados a cumplir con sus obligaciones fiscales de acuerdo con el Capítulo II, Sección I del Título IV de la Ley del ISR, es decir, dentro del régimen de actividades empresariales y profesionales, lo cual obviamente conlleva una mayor carga impositiva.


Ahora bien, aquí viene la peor parte, pues la Regla 3.13.34, contenida en la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para el año 2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de julio de 2023, establece los efectos de no presentar la declaración anual. Según esta regla, la autoridad fiscal actualizará las obligaciones fiscales de los contribuyentes, haciendo que tributen desde el inicio del ejercicio correspondiente o desde el mes en que iniciaron operaciones en dicho ejercicio.


Esta aplicación retroactiva de disposiciones legales plantea interrogantes sobre la seguridad jurídica. La retroactividad de estas medidas puede generar perjuicios significativos a los contribuyentes, quienes podrían haber tomado decisiones financieras basadas en las normativas vigentes en el momento de sus operaciones.


Sin embargo, es crucial destacar que estos artículos, en apariencia bien fundamentados, generan preocupaciones legítimas en cuanto a la garantía de audiencia y el debido proceso legal. La cancelación de la inscripción en el RESICO sin brindar la oportunidad de ser escuchado y sin seguir un proceso legal adecuado podría considerarse una violación a los derechos fundamentales de los contribuyentes.


Ante esta situación, es fundamental que los contribuyentes afectados busquen asesoramiento legal especializado para evaluar la viabilidad de impugnar la cancelación de su inscripción en el RESICO. La defensa de la garantía de audiencia y del debido proceso legal es esencial en este contexto, y un abogado especializado puede proporcionar orientación sobre los pasos a seguir para proteger los derechos de los contribuyentes.


Es importante señalar que el tiempo desempeña un papel crucial en este proceso. Si no se atiende la notificación y se presenta la defensa en tiempo y forma, la resolución del SAT queda en firme y ya nada se puede hacer.


Por lo tanto, se insta a los contribuyentes afectados a buscar asesoramiento legal especializado de manera inmediata. La presentación oportuna de una defensa fiscal adecuada puede marcar la diferencia en el resultado del caso, protegiendo los derechos del contribuyente y brindando la posibilidad de revertir la cancelación de la inscripción en el RESICO.


Si Usted se ve afectado por una resolución de este tipo, en Abolawlex le podemos brindar la asesoría necesaria. Haga click aquí.



El SAT ha estado notificando a los contribuyentes, oficios en donde hace saber sobre la cancelación del RESICO por no haber presentado la declaración anual
Cancelación del RESICO

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