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Cómo Afecta a tus Impuestos No Estar Localizado en tu Domicilio Fiscal.

Actualizado: hace 6 horas

En el ámbito fiscal, la localización precisa de los contribuyentes en su domicilio fiscal es fundamental. No sólo garantiza el cumplimiento de las obligaciones tributarias, sino que también asegura una comunicación efectiva con las autoridades fiscales. Estar correctamente registrado y localizado en el domicilio fiscal evita una serie de complicaciones legales y administrativas que pueden surgir si el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no puede verificar la dirección del contribuyente. Esta medida no sólo protege al contribuyente de posibles sanciones, sino que también facilita procesos como la devolución de impuestos y la contratación con entidades públicas. En este artículo, exploraremos en detalle la relevancia de mantener actualizada la información del domicilio fiscal y las consecuencias de no hacerlo.


A continuación, les compartimos una importante tesis emitida por Tribunales Colegiados de Circuito que se pronuncian sobre el tema en mención. Contexto: Una persona solicitó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) verificar su domicilio fiscal después de varias visitas domiciliarias. El SAT, al revisar su base de datos, encontró que la persona estaba registrada como "no localizada" en su domicilio fiscal. La persona pidió una suspensión definitiva en un amparo indirecto para evitar las consecuencias legales de este estatus.


Decisión del Tribunal: El Tribunal Colegiado de Circuito decidió que no es posible otorgar una suspensión definitiva en un amparo indirecto contra los efectos y consecuencias de la resolución del SAT que declara a una persona como no localizada en su domicilio fiscal.


Razones de la Decisión:


  1. Requisitos para la Suspensión: Según el artículo 138 de la Ley de Amparo, para otorgar una suspensión, el juez debe considerar si existe un buen derecho, si no se afecta al interés social y si no se contravienen disposiciones de orden público.

  2. Obligación de Proporcionar Domicilio Fiscal: El artículo 27 del Código Fiscal de la Federación establece que los contribuyentes deben proporcionar su domicilio fiscal. No cumplir con esto puede tener varias consecuencias, como:

  • Restricción temporal del uso del certificado de sello digital.

  • Considerar no presentada una solicitud de devolución de impuestos.

  • Imposibilidad de contratar adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.

  • Evitar el aseguramiento precautorio de bienes o negocios.

  • Presunción de inexistencia de operaciones amparadas en comprobantes fiscales.

  • Inmovilización de depósitos bancarios cuando un crédito fiscal impugnado no esté debidamente garantizado.


Impacto de la Suspensión en el Interés Público: Si se otorgara la suspensión, se permitiría a la persona evadir las obligaciones fiscales y realizar actos jurídicos que no debería en su condición de no localizada. Esto contravendría disposiciones de orden público y afectaría al interés social, impidiendo al SAT ejercer sus funciones de investigación, comprobación y ejecución fiscal.


Conclusión: El Tribunal determinó que no se puede otorgar la suspensión definitiva en estos casos porque permitiría a los contribuyentes evadir la ley y las obligaciones fiscales, lo cual va en contra del interés público y las normas establecidas.


A continuación, les compartimos un video en donde analizamos y profundizamos más sobre el tema.


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